martes, 26 de noviembre de 2013




Información reciente sobre las RECLAMACIONES DEL 1,9%
 (26-11-2013)

En conversación mantenida con un miembro de la Plataforma, el día 25-11-2013, en la plaza de la Candelaria, y hoy 26, por teléfono, dado mi interés por conseguir el modelo a presentar en la demanda ante el Juzgado de lo Social, para lo cual sólo disponemos de 30 días contados a partir de la recepción del escrito en el que desestiman la RECLAMACIÓN PREVIA interpuesta por nosotros, tengo que deciros que aún no me lo han proporcionado porque no está plenamente definido por el abogado. No obstante, creo que será cuestión de horas lo que tarde en conocerlo. Mientras tanto, es muy importante que los que hayan recibido el escrito de desestimación, tomen nota de la fecha y hora en que lo recibieron, pues tenemos que entrar en los 30 días, siempre que queramos seguir adelante.
Asimismo, los que no lo hayan recibido también podrán presentar la demanda, ya que el silencio administrativo se entiende como negativa. Para ellos habría que contar un periodo de 45 días desde que se presentó la reclamación, creo no equivocarme, y a partir de ellos tienen también 30 para presentar la demanda. Como podréis ver, esto del control de las fechas desde la entrega de la reclamación tiene su intríngulis y hay que llevarlo muy bien.
También, desde aquí, quiero pedir la colaboración plena de aquellos que deseen presentar la demanda, sobre todo a la hora de no demorar los papeles que haya que firmar, con lo que a lo mejor van a tener que desplazarse al Tablero para firmar los, ya nombrados, papeles. Pronto os comunicaré algo.
Cuando lo tengamos claro, además de las publicaciones que haya de hacer en estas páginas del Blog, mandaremos e-mails, SMS, llamadas telefónicas y lo que haga falta, para que todo esté terminado en el menor tiempo posible.
El costo de esta demanda judicial no parece existir por ser ante el Juzgado de lo Social y por tanto no resulta oneroso en esta primera instancia, pero pueden ocurrir dos cosas:

1ª Si perdemos y nos vuelven a negar lo que pedimos, el recurrir sí nos costaría dinero. Creo haberlo entendido así. Entonces, si ya no interesa, puedes desistir y ya está. (De todos modos, me falta saber algo más de esto porque ¿cómo se le compensa al abogado el trabajo realizado hasta ese momento?).

2ª Si nos dan la razón, pueden ocurrir otras dos cosas:
a)     Que la S.S. nos abone, sin más, lo que reclamamos.
b)     Que la S.S. recurra a instancias superiores el fallo judicial; pero en este caso, a nosotros no nos costaría nada, a la que le costaría sería a la S.S. que es la presenta el recurso.

Bueno, esto es todo cuanto puedo deciros, de momento.
Saludos para todos.



(Escrito por Esteban, 26-11-2013)

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